Para estudiantes de grado y postgrado.
Consulta toda la información relativa a este proceso en: https://www.upo.es/elecciones-equipo-directivo-ceupo
¡Participa!
Estimada Comunidad Educativa, les informamos que los espacios virtuales del curso académico 2026-27 se abrirán al estudiantado el próximo 11 de septiembre.
Tras esta fecha, el estudiantado tendrá acceso a los espacios virtuales correspondientes al día siguiente al de la realización de su matrícula. Recordamos que cualquier modificación en la matrícula, tanto de asignaturas como de grupos, se reflejarán en el Aula Virtual al día siguiente al que quede registrada y aceptada en los sistemas de Gestión Académica.
Estimada Comunidad Universitaria,
se ha puesto en marcha el nuevo portal web de apoyo al Aula Virtual en: https://upo.es/aula-virtual/
Esta nueva web está dirigida tanto a docentes como a estudiantes, y supone una mejora sustancial respecto a la versión anterior, incorporando una estructura de contenidos más completa y una navegación más clara, ordenada y accesible.
Según el art. 3.7 de la Normativa de Matrícula de grado:
"El Área de Gestión podrá bloquear los expedientes de los alumnos que no aporten la documentación requerida en el plazo establecido o tengan algún recibo impagado (en tanto se procede a la correspondiente anulación de matrícula). El bloqueo del expediente de un alumno o alumna impedirá su acceso al aula virtual y su calificación en actas; asimismo, suspenderá su derecho a la prestación de servicios académicos o administrativos por parte de la Universidad. El Área de Gestión informará de dicho bloqueo a los alumnos afectados y les concederá un plazo de diez días hábiles para regularizar la documentación o subsanar la situación de impago".
IMPORTANTE: Se habilitará el acceso a los espacios virtuales al día siguiente del desbloqueo del expediente.
Las obras expuestas a disposición de esta intranet están protegidas por el derecho de autor, y su reproducción y comunicación pública se han realizado bajo la autorización prevista en el artículo 32.4 de la Ley de Propiedad Intelectual. Cualquier reproducción, distribución, transformación y comunicación pública en cualquier medio y de cualquier forma, fuera del alcance de dicha autorización, deberán ser objeto de una licencia específica.
En cada fragmento reproducido se tiene que hacer constar el título de la obra y nombre de los titulares de derechos, (autor, editor, traductor...) según la página de créditos, año de la edición, ISBN, o ISSN si fuera una publicación periódica y, en este caso, el número de la misma.
No está permitido suprimir o alterar los datos de identificación de las obras reproducidas digitalmente, así como su forma y contenido.